Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 27 julio 2024.

Comisión de Garantías

Inicio y finalización de un procedimiento

Desde este enlace puedes descargar el modelo para la presentación de recursos

Pueden iniciar un procedimiento, aquellas personas afiliadas u órganos sindicales, y una vez agotadas las vías previas de reclamación ante los órganos de dirección y las comisiones de garantías de rama o territorio que en cada caso establezcan los estatutos y reglamentos de desarrollo.

El plazo para recurrir ante la Comisión de Garantías Confederal será de 15 días, desde que se tenga conocimiento de la actuación, acuerdo o archivo del expediente que sea objeto de impugnación, o bien desde que la decisión orgánica de que se trate haya notificado a las personas interesadas por algún medio de comunicación habitual del sindicato.

La reclamación que se realice en primera instancia a la Comisión de Garantías Confederal, será devuelta a la persona u órgano reclamante, indicando el órgano competente al que deberá presentarla y el plazo disponible para ello.

Las resoluciones de la Comisión de Garantías Confederal deberán dictarse en el plazo máximo de 1 mes, una vez completada la tramitación del expediente.

Las resoluciones de la Comisión de Garantías Confederal tienen carácter ejecutivo y definitivo y contra ellas no cabe recurso sindical alguno.

A efectos del cómputo de plazos, los días se considerarán siempre hábiles (excepto sábados, domingos y festivos estatales, autonómicos y locales tanto del órgano que recibe la comunicación, como del remitente).

En la tramitación de los procedimientos ante la Comisión de Garantías Confederal, se considerará inhábil a todos los efectos el mes de agosto.

 

Presentación de una reclamación

  1. Las reclamaciones pueden presentarse por cualquiera de los siguientes medios:

    1. Por correo electrónico. Es una medida de seguridad solicitar confirmación de la recepción del envío, así como guardar el justificante del correo enviado.

    2. Personalmente. En la dirección de la Comisión de Garantías Confederal (registro). En este caso es aconsejable aportar dos copias y quedarse con una sellada, donde conste la fecha de entrega.

    3. Por correo postal. Es prudente hacerlo por correo certificado y con acuse de recibo para que quede constancia de la fecha en la que el órgano destinatario la recibe. La Comisión de Garantías Confederal tendrá en cuenta a efectos de plazos, la fecha del matasellos de correos.

  2. Toda reclamación debe contener los siguientes datos (ver plantilla modelo de recurso):

    1. Órgano al que se dirige.

    2. Identificación del afiliado (DNI) o del órgano que reclama.

    3. Domicilio postal y correo electrónico del reclamante para notificaciones.

    4. Copia de la Resolución/Decisión recurrida, notificada por la Comisión de Garantías de territorio o federación.

    5. Descripción detallada del hecho impugnado.

    6. Artículos de los estatutos o reglamentos que se consideran vulnerados.

    7. Petición concreta que se plantea.

    8. Relación de los documentos que se adjuntan.