Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 30 junio 2024.

Mesa de diálogo social sobre Seguridad Social

CCOO propone ampliar a 5 años la cobertura y exige negociar la revisión de las condiciones del nuevo Convenio Especial para recuperar periodos de prácticas no laborales

    13/05/2024.
    Jóvenes

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    CCOO plantea en la Mesa de diálogo social la revisión de la Orden Ministerial aprobada unilateralmente por el Ministerio sin contar con el acuerdo previo de las organizaciones sindicales

    El sindicato recuerda que esta Orden Ministerial tiene como objeto dar cumplimiento a los contenidos comprometidos en la Reforma de pensiones de 2021-2023 para garantizar la recuperación de los periodos cotizados vinculados a la realización de prácticas no laborales

    El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha aceptado hoy abordar la modificación de esta Orden, tras el requerimiento en este sentido de todos los interlocutores sociales presentes en la Mesa de Diálogo Social

    Como ya denunció CCOO el pasado 3 de mayo, tras la publicación en el BOE de la Orden 386/2024, esta no ha sido objeto de negociación alguna y su contenido no se corresponde con lo acordado entre el Gobierno y las organizaciones sindicales CCOO y UGT para permitir ejercer este nuevo derecho a quienes no pudieron contar con cotizaciones a la Seguridad Social en prácticas formativas o en las actividades que desarrollaron durante años, como personal altamente cualificado en muchos casos, a través de becas de investigación y otras modalidades.

    CCOO ha venido reclamando en la mesa de diálogo social que la citada Orden regule los requisitos de acceso y la cobertura de este convenio especial atendiendo a los compromisos que se han venido alcanzando en el marco del diálogo social con las organizaciones sindicales.

    De este modo, CCOO propone que la cobertura del nuevo Convenio Especial que ahora se regula debe extenderse a 5 años completos, sin integrar en este plazo los periodos que ya se hayan podido cotizar mediante el convenio que se reguló en 2011. La ampliación a 5 años de cobertura se debe, entre otras razones, al retraso que se ha producido por decisión de la administración de Seguridad Social en la entrada en vigor de la obligación de cotización para las empresas y centros educativos de las prácticas formativas no remuneradas. Pese a que el acuerdo para extender el derecho a su cotización se produjo en julio de 2021, no ha sido hasta enero de 2024 cuando ha entrado en vigor.

    La recuperación de 5 años completos con este nuevo convenio especial, adicional al periodo de 2 años que preveía el convenio de 2011, garantiza la plena cobertura para la práctica totalidad de prácticas formativas no laborales que se hayan podido producir en el tiempo, y facilitaría el reconocimiento de una parte relevante de las carreras de cotización que han tenido los colectivos de personal investigador que hasta hace poco sufrían una grave precariedad y que acumulan, en los casos más extremos, hasta 14 años de laguna de cotización de periodos dedicados a la investigación en los que no existía la obligación de cotización para las instituciones para las que prestaba servicio.

    CCOO recuerda en este sentido que, sin perjuicio de la reivindicación de reconocimiento de todo el periodo de becas de investigación que viene planteándose desde hace años desde los colectivos afectados, el convenio especial que ahora se regula es un instrumento adicional para ayudar a reconocer las carreras de cotización vinculadas a prácticas no laborales, que no excluye en ningún caso la citada reivindicación del reconocimiento de tales periodos.

    De la misma forma, CCOO ha llevado a la Mesa de Diálogo Social, la contradicción existente entre los requisitos de cotización que determinan el coste del convenio especial publicado en el BOE el.1.5.2024, con las reglas que se pactaron en el año 2011, que permitían el acceso a este derecho a todas las personas con independencia de su nivel de renta y en condiciones más asequibles y bien distintas de las que ahora se han impuesto.

    Así, en 2011 se estableció que la base de cotización, atendiendo a una aplicación estricta del principio de contributividad, tomaba en consideración las bases de cotización de los periodos en los que se produjo la práctica formativa, muy inferiores a la base de cotización mínima de 2024. Se establecía igualmente un coeficiente del 0,77 sobre el tipo de cotización, como es habitual en convenios especiales que se aplican a situaciones similares. Y, por último, se preveía la posibilidad de fraccionar la cuota resultante, de modo que se facilite el ejercicio de este derecho a las personas con menor nivel de renta.

    Ese esquema de cotización facilitaría el ejercicio del derecho a recuperar los periodos de cotización a las personas más jóvenes y/o con menor renta que, de otro modo, tendrían que asumir un coste bastante más elevado que en muchos casos, hace inaccesible este derecho.

    Llama la atención, la diferencia de trato que se ha estado dispuesto a aceptar por parte del Gobierno, en materia de bonificaciones a las cotizaciones de empresas o centros educativos para las nuevas becas a partir del 1 de enero de 2024 y la regulación de esta Orden Ministerial.

    En la reunión de hoy, CCOO ha reclamado abrir un proceso inmediato de negociación que culmine con la modificación de la Orden Ministerial, para integrar las distintas propuestas que se están poniendo sobre la Mesa y facilitar de manera efectiva y a todo el colectivo las condiciones pactadas en los acuerdos en materia de Seguridad Social de 2021 y 2023.

    El Ministerio de Seguridad Social ha aceptado iniciar ese proceso y esperamos que pueda producir resultados en breve.